Convenio con CLIN CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE CaCIC Y CLIN - RED INMOBILIARIA Entre la CÁMARA DE CORREDORES INMOBILIARIOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, representada en este acto por su Presidente Sr. MARIO TOLEDO, D.N.I
Nº 14.893.091 y Secretaria Sra. SILVIA JARCHUM, D.N.I Nº: 5.697.949 en adelante denominada "CACIC" por una parte y la entidad CLIN RED INMOBILIARIA, ASOCIACIÓN CIVIL, representada en este acto por su Presidente Sr MARIO BERTERO, D.N.I. Nº: 23.196.461 y su Secretario Señor RAÚL CASTELLANO, D.N.I. Nº 20.406.900 en adelante denominada "CLIN" por la otra parte, resuelven
mutuamente celebrar el presente "Convenio Marco de Cooperación Recíproca" sujeto a
las siguientes cláusulas:
PRIMERA: DEFINICIONES DE PARTES:
a) CACIC es una Entidad Civil Sin Fines de Lucro, con Personería Jurídica,
creada para la defensa de los intereses comunes de las empresas inmobiliarias asociadas para representarlas frente a todos los organismos Oficiales y/o
Privados. A su vez desarrolla una amplia gama de actividades educativas, de capacitación social, cultural y de participación recíproca conforme a su Estatuto
Social.
b) A su vez CLIN es una Asociación Civil sin Fines de Lucro, con Personería Jurídica creada con la finalidad de brindar a sus Asociados un Sistema Integral
de Computación, destinado a compartir negocios inmobiliarios, a través de la carga de sus ofertas en una Bolsa Común de propiedades y en su sitio propio
de Internet, generando todas las acciones, - especialmente marketing, alianzas
y convenios- , necesarias para favorecer la concreción de operaciones de sus integrantes.
SEGUNDA: OBJETO:
Este convenio tiene como objeto principal ampliar y cumplimentar las posibilidades de cooperación recíproca y solidaria como asimismo efectuar prestaciones de bienes y servicios en la forma que determinarán en cada caso particular las entidades
intervinientes, en función de sus propias capacidades institucionales.-
TERCERO: DURACIÓN:
El presente convenio tendrá una duración de un año. Será prorrogado automáticamente por un nuevo período, salvo rescisión anticipada que hiciera cualquiera de las partes con una antelación no menor de sesenta ( 60) días a partir de la comunicación por medio fehaciente. Para el caso de la CACIC, este acuerdo será ad-referendum de la próxima Asamblea General, según sus normas estatutarias.
CUARTA: PRESTACIONES:
Durante su vigencia, cada entidad brindará recíprocamente a los asociados de la otra
parte las prestaciones materiales y/o servicios que ofrecen a sus propios asociados conforme a las siguientes cláusulas:
a) CACIC y CLIN ofrecerán recíprocamente toda su cooperación para la ejecución de programas, eventos y/o cursos de capacitación y perfeccionamiento en áreas de mutuo interés con aranceles a valores diferenciales para sus respectivos asociados.
b) Ambas Instituciones realizarán campañas entre sus asociados que no pertenecen a la otra Entidad, a los fines de lograr que todos los Profesionales y Empresas que las integran puedan ingresar como Socios de estas Entidades.-.
c) CACIC Y CLIN podrán ofrecer a sus respectivos asociados la participación en los acuerdos que cada una tiene suscriptos y los que se suscriban a partir de la firma del presente convenio.
d) CLIN ofrecerá a los socios de CACIC, no adheridos a su Red, la posibilidad de cargar todas las ofertas en la web de su propiedad: www.clin.com.ar, con acceso a todos los Portales del mundo, con los que mantiene convenios y/o alianzas.
e) CLIN pondrá a disposición de CACIC su colaboración para acceder a todos los medios periodísticos de Córdoba, para la difusión de sus actividades específicas
QUINTA: RECIPROCIDAD:
Los socios beneficiarios de esta reciprocidad deberán respetar los Estatutos Sociales y/o reglamentos internos de ambas entidades como asimismo cumplimentarán los requisitos previos que deberán reunir en cada caso para gozar de los servicios y/ o prestaciones pactadas.
SEXTA: CONDICIÓN AMIGABLE:
Este Convenio se celebra con absoluta buena fe, razón por la cual toda divergencia será solucionada en forma amigable, mediante una Comisión integrada por los Comités Ejecutivo ( Presidente, Secretario y Tesorero) de ambas Entidades.
SEPTIMO: DOMICILIOS ESPECIALES:
Las partes fijan los siguientes domicilios especiales donde surtirán pleno efecto toda notificación y actos que deban o puedan formularse.
a) CACIC: Calle Deán Funes 154 - 3º Piso, oficinas 33 y 34 - CÓRDOBA, Telefono: 0351-4216161, correo electrónico: secretaria@cacic.com.ar.
b) CLIN RED INMOBILIARIA: Calle Bv. San Juan Nº 101, 6º Piso B CORDOBA,
Teléfax: 03541 4256562, correo electrónico: clin@clin.com.ar
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor a los 16 días del mes de Agosto del año 2006. |